Colaboradora: Elizabeth García Gil
Históricamente se ha asociado a las mujeres al seno del hogar, dedicadas exclusivamente a la realización de labores domésticas y el cuidado de los hijos. En las últimas décadas se ha realizado un esfuerzo colectivo por parte de diversas investigadoras para resquebrajar esos viejos paradigmas que vinculaban a las mujeres a la exclusividad de los cuidados o el servicio doméstico.
El presente siglo ha sido testigo de una oleada de trabajos que han analizado las fuentes históricas con nuevas miradas. Los resultados han mostrado a las mujeres como trabajadoras en el servicio doméstico, tejedoras, hilanderas, panaderas, etc. Sin embargo, su actividad en el sector terciario ha sido el más significativo históricamente. Su aportación económica al sector destaca en oficios como el de tendera en establecimientos de alimentación, mercería o textiles; así como el de mesoneras, taberneras, mercaderas, fabricantas o comerciantas.
En un mercado fragmentado como el de la Edad Moderna, la necesidad de diversificación laboral y de los negocios estaba a la orden del día. En muchos casos, fuentes fiscales como las del Catastro de Ensenada exponen no solo el trabajo de las mujeres, sino la administración de sus bienes. En este contexto surgen casos de mujeres con mayor poder adquisitivo que aprovecharon las brechas legales existentes para colarse en los renglones invisibles de la economía y llevar a cabo sus iniciativas financieras. Nos referimos a las mujeres banqueras. ¿Quiénes eran y cómo podían serlo?
Capacidad de obrar de las mujeres en los negocios y las finanzas
En la Corona de Castilla, la implantación de las Leyes de Toro en 1505 supuso una regulación más minuciosa del derecho procesal, civil, penal y privado. No solo refrendaron las leyes anteriores, sino que también remitían a Las Partidas o el Fuero Real. En este sentido, fueron muy relevantes, pues produjeron la aplicación práctica del derecho común y lo registró dentro del derecho tradicional castellano.
La capacidad legal de las mujeres durante la Edad Moderna a la hora de hacer negocios era una realidad. La legislación facultaba a las mujeres mayores de edad –en este periodo a los 25 años– según su estado civil. Las solteras emancipadas podían trabajar y administrar sus bienes plenamente. Las casadas –que fueron mayoritarias– necesitaban de la famosa licencia marital, que era bastante frecuente que se otorgase, como muestran los protocolos notariales albergados en los archivos históricos. Esta podía ser de dos tipos: general, para todo tipo de actos; o específica, para actos concretos, por ejemplo, para alquilar una casa o hacer una venta determinada. Incluso aquellas con maridos ausentes, como recogen las leyes 57, 58 y 59 de Toro, podían actuar sin la licencia del cónyuge gracias a la autorización de un juez. Por su parte, las viudas, como es de sobra conocido, gozaron de plena capacidad de obrar para llevar a cabo sus negocios y administrar sus bienes. En algunos casos, también los de sus hijos si actuaban como tutoras y curadoras. Por tanto, la realidad legislativa posibilitaba que las mujeres ejerciesen diferentes labores. No obstante, estuvieron excluidas de los gremios y de los oficios públicos. Además, con la implantación del Código Civil de 1889 perdieron muchos de sus derechos y beneficios legales, relegándolas en numerosos casos (ahora sí) a la precariedad laboral o la exclusividad de las labores domésticas.
Del marco normativo a las escrituras notariales
¿Cómo se materializaban estas leyes? ¿Dónde consultamos las transacciones económicas de estas mujeres? En una de las fuentes más consultada por los historiadores e historiadoras: los protocolos notariales. Estos documentos, albergados en los archivos históricos, muestran la realidad de las sociedades pretéritas. Cuando una persona necesitaba registrar una transacción acudía al notario, en aquella época denominados escribanos públicos. En sus libros quedaron recopilados muchos de los préstamos que se realizaban entre los vecinos de una ciudad.
Mediante un contrato se acordaban las condiciones de los préstamos. En ellos, el notario dejaba por escrito cómo se tramitaría el pago y la devolución de la deuda. Además, cuando una mujer intervenía en un préstamo, se recogían determinadas cláusulas que afectaban a su condición de género. Por ejemplo, si era una mujer casada, esta debía ir precedida de licencia marital.
Las cláusulas de los contratos eran muy importantes, pues sobre ellas recaían la seguridad jurídica del negocio. Normalmente, las partes que firmaban el contrato solían conocerse, es decir, existían relaciones de confianza entre ellas. En la mayoría de los casos, especialmente para Andalucía, el tipo de crédito que imperaba era el rural, destinados a financiar las herramientas y materiales necesarios para que los agricultores labraran la tierra.
Mujeres banqueras en Málaga
La provincia de Málaga fue un territorio clave durante el siglo XVIII. Situada entre el Mediterráneo y el Atlántico, desde el Decreto de Comercio Libre promulgado por Carlos III en 1765 y posterior reglamentación en 1778, pudo aprovechar la apertura de los puertos españoles para traficar con las colonias americanas. La especialización productiva de la ciudad fue de productos textiles y alimentos como la uva pasa. Por ende, muchos de los préstamos que se requerirían serían demandados por los cosecheros de la ciudad.
En la tabla 1 pueden observarse el porcentaje de mujeres prestamistas en la Málaga del siglo XVIII. En ella, puede observarse el porcentaje del crédito notarial durante la segunda mitad de la centuria. El vaciado completo de todos los documentos notariales muestra una participación significativa de las mujeres banqueras en los mercados de crédito malacitanos. La zona axárquica (Vélez-Málaga) y la capital fueron las que tuvieron mayor producción de productos textiles y derivados del cultivo. Especialmente, la comercialización y explotación de la uva pasa fueron los que más préstamos protagonizaron.
Tabla 1. Mujeres banqueras en Málaga en el siglo XVIII
| Año | Ciudad | % respecto a hombres |
| 1753 | Málaga | 8,16 |
| 1784 | Málaga | 9,00 |
| 1777 | Vélez-Málaga | 2,46 |
| 1794 | Vélez-Málaga | 10,71 |
Fuente: Archivo Histórico Provincial de Málaga.
¿Quiénes eran estas mujeres y cómo pudieron llevar a cabo sus negocios financieros? La mayoría de ellas pertenecían a la burguesía comercial malacitana. Solían compaginar sus labores en el mediano o gran comercio con los préstamos. Algunas dirigían compañías comerciales o formaban parte de una saga familiar con una dilatada trayectoria en la mercaduría. En muchos casos, las casas comerciales se dedicaban a exportar pasa o vino y exigían la devolución de los préstamos que realizaban en especie del producto que comercializaban. De esta manera, podían acceder a él de manera anticipada y con mejores condiciones económicas, lo que dejaba al agricultor con menor posibilidad de ganancias.
¿Qué mujeres destacaron entre la élite mercantil malagueña? La más famosa, tanto por su alcance como su red mercantil fue Cathalina Lynch y Bourman, una veleña de familia de origen irlandés afincada en la zona este de la provincia. Cathalina fue directora de una compañía que traficaba con América y comercializaba la pasa. Además, realizaba préstamos a los agricultores de la Axarquía, llegando a ser, según la documentación conservada, la banquera que más préstamos realizó en dicha zona.
En la capital, destacan también mujeres de la burguesía mercantil dentro de las grandes familias que conformaban la oligarquía comercial. Nombres como los de Luisa de Osorio, directora de una compañía textil; María Toledo, mercadera; o Francisca González, propietaria de una tienda de alimentación, son constantes en los protocolos. En los casos anteriormente citados, las banqueras trabajaron y ejercieron sus oficios durante toda su vida adulta. Además, lo hicieron independientemente de su estado civil. Es cierto que a todas les sobrevino la viudedad de manera temprana, pero siguieron ejerciendo sus negocios gracias a su capacitación previa.
Esta pequeña aproximación al papel de las mujeres en la historia de la banca demuestra su participación activa en las economías modernas y nos insta a seguir investigando y divulgando la historia de las mujeres, que aun incumbiendo a la mitad de la población mundial, todavía está por escribir y, sobre todo, divulgar[1]
Fuentes primarias
Leyes de Toro: Quaderno de las leyes y nueuas decisiōes sobre las dudas de derecho que continuamēte solian y suelen ocurrir en estos reynos en que auia mucha diuersidad de opiniones entre los doctores y letrados destos reynos, Imprenta de Pedro d’Pascua, Salamanca, 1505.
[1] Este trabajo se enmarca bajo el proyecto de Investigación “Redes sociales y economías familiares en los espacios rurales (SS. XVII- XIX)”. MINECO (PID2023-152407NA-I00). De igual forma, se enmarca dentro del Proyecto de Innovación Docente “Nuevas miradas para el estudio interdisciplinar de la participación económica de las mujeres en la historia (s. XVI-XXI)” PID 2025_071), Universidad de Jaén.